Orientación práctica sobre la provisión financiera para responsabilidades medioambientales

2.2. ENFOQUES

Enfoques

Existe una amplia gama de enfoques posibles para la provisión financiera de las responsabilidades medioambientales, y una variación significativa en la aplicación a nivel internacional, incluso dentro de la UE. Esto refleja la variación en el tipo y número de operadores que están sujetos a los distintos sistemas de provisión financiera, la variabilidad en las soluciones de provisión financiera disponibles y los recursos disponibles para su aplicación.

Por ejemplo, un sistema que cubra un pequeño número de operadores de muy alto riesgo puede ser muy restrictivo en cuanto a los tipos de provisiones financieras permitidas y tener un alto nivel de implicación y escrutinio por parte del regulador, pero esto puede no ser apropiado o práctico para un gran número de operadores de menor riesgo.

La provisión a menudo implica un enfoque específico del emplazamiento realizado por un operador individual.

La provisión colectiva también puede realizarse.

La provisión colectiva es un acuerdo de provisión financiera de grupo al que un operador puede unirse y pagar y que pagará si el operador incumple sus obligaciones.

El tipo de responsabilidad también puede influir en el enfoque. En el caso de los vertederos y las minas, no sería inusual adoptar enfoques específicos para cada emplazamiento, con una supervisión individual por parte de los reguladores, dadas las inevitables y a menudo cuantiosas responsabilidades que conllevan el cierre, la restauración y el mantenimiento posterior. Sin embargo, la cobertura de las responsabilidades derivadas de incidentes imprevistos en un gran número de instalaciones podría requerir una solución financiera amplia, como la creación de un fondo o un seguro. En estas circunstancias, los detalles pueden especificarse de forma más general, siendo el operador o el consorcio el responsable de garantizar su existencia mediante comprobaciones periódicas y aleatorias. Puede ser necesario un enfoque diferente para cubrir situaciones en las que la responsabilidad potencial pueda extenderse durante un largo periodo de tiempo; por ejemplo, el desmantelamiento, la supervisión y el cuidado posterior de los pozos.

Estas son cuestiones que deben determinar los propios reguladores con arreglo a la legislación pertinente. Las orientaciones que aquí se ofrecen son meramente informativas y tienen por objeto señalar a los reguladores las cuestiones más importantes que deben tener en cuenta.

La Comisión Europea ha publicado orientaciones (por ejemplo, sobre mecanismos de provisión financiera para la Directiva de Almacenamiento Geológico), pero los Estados miembros suelen tener poder discrecional para determinar el tipo de mecanismo de provisión financiera aceptable para satisfacer los requisitos de la UE. Algunos Estados miembros publican legislación u orientaciones nacionales que establecen los tipos de mecanismos aceptables, en qué circunstancias y, en algunos casos, pueden especificar la cuantía. Algunos reguladores pueden complementar las provisiones financieras con otras disposiciones destinadas a restringir la acumulación de pasivos. Un ejemplo de ello es el cobro de tasas no reembolsables por inventario inactivo por parte del organismo regulador de la energía de Alberta.

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